El derecho está constituido por un
conjunto de normas que constituyen reglas de conducta humana, esas reglas
fueron creadas por mentes humanas.
Mediante el derecho, los hombres
tratan de conseguir una situación de certeza y de seguridad, de orden y paz;
pero además se aspira a que esa situación ordenada y pacífica sea justa.
ESTADO DE DERECHO: Está sometido a un
sistema de normas jurídicas y tiene por finalidad la protección de los derechos
de las persona. Consiste pues, en el gobierno de las leyes y no en el gobierno
de los hombres. Es esta concepción del Estado de derecho que impera en todas
las constituciones democráticas. Históricamente, el Estado de derecho es una
desviación del liberalismo. Su sentido, su finalidad están en la protección
debida a los derechos de la persona.
Los caracteres actuales del estado
según Jean Dabin son:
1.- El
Estado es una persona moral.
2.- con relación a su fin, en la
sociedad suprema, dotada de soberanía.
3.-su fin social lo somete a normas
objetivas que el derecho positivo precisa.
Los elementos del Estado de Derecho son 4:
A)
Libertad individual
B)
Igualdad ante la ley
C)
Separación de poderes
D)
Control de la constitucionalidad de las leyes
RELACIONES DEL DERECHO CON EL ESTADO: No puede identificarse
Estado y Derecho porque éste no agota al realidad del primero, tampoco puede
independizarse en la vida, puesto que el Derecho Positivo no tiene existencia
separado de la colectividad humana que lo formule, lo remodela o lo aplica.
TEORÍAS SOBRE LA SUPERIORIDAD DEL DERECHO SOBRE EL ESTADO:
-
Primera
Teoría: El poder es superior al derecho. Según John Austin, el Derecho no es
sino el mandato del soberano. La situación de los gobernados respecto a los
gobernantes es de sujeción.
-
Segunda
Teoría: que afirma la superioridad del derecho sobre el Estado, es sostenida
por las doctrinas iusnaturalistas.
Heráclito, Platón y Aristóteles
sostuvieron la existencia de una idea eterna de justicia., pero es a
partir de los estoicos cuando alcanza
precisión la idea de un Derecho natural común, basado en la razón y valido
universalmente. El Derecho Romano
asimiló el estoicismo.
Desde la edad media se ha venido proclamando
que los principios fundamentales del Derecho son de origen divino y obligan al mismo Estado.
Se reconoce hoy la autoridad impersonal del Derecho
como rector de la vida social y se proclama que la obligatoriedad del Derecho
Positivo no deriva de la voluntad del soberano, sino de la convicción jurídica
de la comunidad, que es expresión de la ley eterna.
-
Tercera
Teoría: El Estado y el Derecho son dos aspectos de una misma realidad. Para Kelsen, Estado y Derecho son anverso y
reverso del mismo fenómeno. Todo acto de
estado es a la vez una definición de Derecho.
El poder del Estado es simplemente la suma
total de normas coactivas validas en una sociedad determinada, lo mismo es el
derecho.
TEORÍA DE LA UNIDAD DEL ESTADO
Y EL DERECHO: Entre el Estado y el Derecho existe una íntima y lógica
relación, pues el Derecho da sustento al Estado y éste impone e influencia la
formación del Derecho. El Estado necesita del Derecho y éste no podría mantener
su vigencia si no existiese un aparato coercitivo capaz de imponer esa
vigencia.
Todas las definiciones que se le han dado al Derecho coinciden en
señalar que encierran un conjunto de reglas de conducta social obligatorias,
sancionadas por autoridad competente y cuya observancia está impuesta por la
coacción que ejerce el Estado. Todo esto quiere decir que el Derecho se forma
en el Estado, reconoce allí su origen y su vigencia y no podría tener
existencia independiente, fuera de él. Si la sociedad muta entonces el Derecho
también.
El derecho está formado por normas, son de variada
intencionalidad, como variadas son las relaciones que se deben regular. El
Estado se vale de su capacidad normativa para imponer normas jurídicas.
No hay comentarios:
Publicar un comentario